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NORMAS DE PARTICIPACIÓN PARA EXPOSITORES

DE FERIAS DE ORGANIZACIÓN EXTERNA

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a la Dirección de Servicios Feriales de IFEMA. El cumplimiento de la normativa podrá ser inspeccionado por los

Organismos Oficiales competentes, así como por el personal de la Dirección de Servicios Feriales de IFEMA.

IV.- CONDICIONES DE MONTAJE E INSTALACIONES DE LOS ESPACIOS

20.- Características Técnicas de Pabellones, Centro de Convenciones Norte y Sur y Salas

de Pabellones

Se incluye como

Anexo 2.3 «Datos técnicos de Pabellones, Centro de Convenciones Norte y Sur y Salas

de Pabellones»

el documento descriptivo de las características técnicas de los pabellones y espacios en centro

de convenciones, accesible para Organizadores y Expositores

21.- Resistencia de suelos

El suelo de los pabellones y Salas de los centros de Convenciones figuran reflejados en el

Anexo 2.3 «Datos

técnicos de Pabellones, Centro de Convenciones Norte y Sur y Salas de Pabellones»

. Las tapas de las ca-

naletas/arquetas de suministros de servicios no podrán ser utilizadas como soporte de cargas puntuales.

22.- Horario de trabajo

Los períodos de montaje y desmontaje, de instalaciones o, en su caso, de stands, así como los horarios de traba-

jo dentro de Feria de Madrid serán los autorizados en contrato entre IFEMA y el Organizador. Fuera de estos pe-

ríodos, no se autorizará la entrada o salida de material ni la permanencia de personal en Feria de Madrid.

23.- Acceso de vehículos, carga y descarga de mercancías en períodos de montaje y

desmontaje

El acceso a Feria de Madrid y al interior de los pabellones se efectuará por las puertas y en los días y horas que en

cada caso se indique.

El acceso al interior de los pabellones se realizará exclusivamente para efectuar la descarga de los materiales.

Los vehículos no podrán permanecer estacionados dentro de los pabellones ni en las zonas adyacentes.

IFEMA no se hace responsable de la vigilancia de los vehículos mientras permanezcan en Feria de Madrid.

Existe un aparcamiento de camiones y otro de turismos, que podrán ser utilizados abonando, en su caso, las

tarifas correspondientes.

24.- Normativa de montaje

24.1.-

Generalidades

Las normas de montaje serán las que determine el Organizador. No obstante lo anterior, deberá cumplirse la nor-

mativa reflejada en las presentes Normas.

24.2.-

Montaje del certamen

El Organizador inspeccionará la viabilidad, idoneidad técnica y cumplimiento de la normativa vigente del monta-

je del certamen, siendo de su exclusiva responsabilidad la autorización para la realización del mismo.

No obstante lo anterior, IFEMA podrá exigir, si la envergadura del montaje a realizar así lo requiriese, que sea

firmado por Técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente.

24.3.-

Montaje de stands

La altura máxima de construcción de cualquier elemento deberá ser de 4 m. para los stands situados en los núcleos

de conexión entre pabellones, los laterales de las entradas de los pabellones 9, 10 y los laterales de las entradas

y fondo de los pabellones 12 y 14.0, en el resto estará limitada por las estructuras, instalaciones o falsos techos

dejando un margen de 50 cm.

Aquellos stands construidos sobre tarima, siempre que esta tenga una altura superior a 19 mm. deberán contar

con, al menos, una rampa de acceso para minusválidos de 1,20 m. de anchura como mínimo.