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NORMAS DE PARTICIPACIÓN PARA EXPOSITORES

DE FERIAS DE ORGANIZACIÓN EXTERNA

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I.- CONDICIONES GENERALES

1.- Definiciones

En las presentes Normas Generales de Participación, los términos

«Certamen»

,

«Feria»

o

«Feria de Organiza-

ción Externa»

se refieren a la manifestación ferial objeto del contrato entre el Organizador responsable de la

misma e IFEMA como titular del recinto ferial donde tiene lugar la misma. El término

«Expositor»

incluye cual-

quier persona física o jurídica, que cuente con espacio en el Certamen. El término

«Organizador»

designa a la

entidad organizadora del Certamen. El término

«IFEMA»

designa a la Institución Ferial de Madrid, entidad pro-

pietaria del recinto «Feria de Madrid», donde tiene lugar el Certamen. «

Normas Generales de Participación

de IFEMA»

son las presentes normas aplicables tanto a los Organizadores como a sus Expositores y que se refie-

ren a aspectos concretos de su participación en Feria de Madrid.

«Normas Específicas»

son aquellas Normas de

la Feria que constituyen los aspectos que regula el Organizador en relación con su Feria.

2.- Aceptación de las Normas de Participación

Las presentes normas son de aplicación y obligado cumplimiento para Expositores de Ferias de Organización Externa.

Todas las empresas o personas que participen como Expositores de Ferias de Organización Externa en Feria de

Madrid, aceptan las presentes Normas Generales de Participación de IFEMA que forman parte integrante del

Contrato de Exposición que suscriban con el Organizador, además de las Normas Específicas que en su caso ten-

ga la citada Feria siendo, estas últimas, competencia del Organizador.

3.- Puertas de acceso

El acceso a Feria de Madrid se facilitará por las entradas que indique IFEMA. El acceso a las zonas contratadas se

facilitará por las puertas que en cada caso sean acordadas por IFEMA y el Organizador.

4.- Horario de acceso y salida de expositores

Salvo que las Normas Específicas del Certamen indiquen lo contrario, las personas con tarjeta de Expositor, expe-

dida por el Organizador, podrán acceder a las zonas ocupadas por el Certamen desde treinta minutos antes de la

hora prevista para su apertura, y no podrán permanecer en el mismo más allá de treinta minutos después del

cierre diario.

5.- Personal contratado o subcontratado por el Organizador o los Expositores

En ningún momento existirá relación laboral alguna entre IFEMA y el personal que tanto el Organizador como sus

Expositores o las empresas contratadas por éstos en calidad de contratistas o subcontratistas, incluidas las que

intervengan en el montaje de los stands, desplacen a Feria de Madrid para llevar a cabo cualquiera de los trabajos

relacionados con su actividad en este recinto, ni directa ni subsidiariamente, siendo por cuenta bien del Organi-

zador, bien del Expositor, sus contratistas y/o subcontratistas, la totalidad de sus salarios, cotizaciones a la Segu-

ridad Social, retenciones y declaraciones, liquidaciones de impuestos, y todas las obligaciones dimanantes del

contrato de trabajo o de cualquier otro tipo de contrato, quedando facultada IFEMA o, en su caso el Organizador,

para exigir la presentación de los documentos acreditativos de estar al corriente de las mismas.

Asimismo, tanto el Organizador como sus Expositores se comprometen a cumplir y a hacer cumplir a sus contra-

tistas y/o subcontratistas, la legislación vigente en materia de seguridad y salud laboral que sea de aplicación a los

trabajos por él desarrollados o en su caso, contratados o subcontratados.

6.- Uso de máquinas y herramientas durante el Certamen

Toda máquina o herramienta debe tener la homologación CE e ir identificada con el marcado correspondiente.

Cada máquina o herramienta debe ir equipada con dispositivos de parada de emergencia que permitan detener-

la en condiciones de seguridad.

Toda persona que tenga que utilizar una máquina o herramienta debe haber recibido la formación e información

adecuadas sobre los riesgos que implica su utilización.

Las zonas peligrosas de las máquinas o herramientas deben estar marcadas con advertencias y señalizaciones.

Toda parte de una máquina o herramienta que presente peligro de atrapamiento, corte, abrasión o proyección

deberá ir equipada con resguardos o dispositivos de protección.