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NORMAS DE PARTICIPACIÓN PARA EXPOSITORES

DE FERIAS DE ORGANIZACIÓN EXTERNA

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Por este motivo, con carácter previo al inicio de los trabajos de montaje, todas aquellas empresas que, por cuenta del

Expositor, realicen trabajos o actividades en el espacio contratado, deberán cumplimentar, firmar y presentar a IFEMA

el Formulario de

«Prevención de Riesgos Laborales y Coordinación de Actividades Empresariales»

disponible

en la web

www.convencionesycongresos.ifema.es

– organizadores – normas de participación – formularios

y remitirlo a

stecnica@ifema.es .

No podrán iniciarse los trabajos de montaje sin la previa cumplimentación y envío

del citado Protocolo.

Adicionalmente, en el caso de que las empresas expositoras o montadoras necesitasen realizar trabajos de corte,

soldadura y/o uso de equipos que producen calor o llama, deberán cumplimentar el Formulario

«Solicitud de Au-

torización de Trabajos en Caliente»

disponible en la web

www.convencionesycongresos.ifema.es

– organizadores

– normas de participación – formularios y remitirlo a

stecnica@ifema.es

para su autorización y control.

III.- NORMATIVA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS

12.- Orden Público y Aforos máximos

El Organizador, Expositor, sus contratistas y/o subcontratistas y el personal de ellos dependiente, están obligados

a cumplir la legislación vigente en materia de orden público y seguridad ciudadana.

IFEMA, de acuerdo con la legislación vigente, tiene una asignación de ocupantes máximos en cada área, dependien-

do del tipo de evento que se realice, la cual el organizador conoce, consulte con el Organizador en caso necesario.

13.- Seguridad: Vigilancia de las Áreas ocupadas por el Organizador para las áreas

de Exposición

IFEMA proporciona, durante todo el periodo ferial, la vigilancia general del recinto ferial, de carácter disuasorio,

preventivo, control de accesos y orden público

Entre los cometidos de «orden público y «vigilancia general» encomendados a la seguridad privada de IFEMA,

como colaboradora de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se encuentra comprendida la obligación

de prevenir, evitar y perseguir, en la medida de lo posible, la comisión de delitos de cualquier índole. En este sen-

tido, queda entendido que no se trata de un servicio de vigilancia específica del área ni de todos y cada uno de

los stands y de sus pertenencias, sino de seguridad preventiva de carácter general.

En el interior de las Áreas ocupadas por el Organizador incluidas, en su caso, las áreas de Exposición en pabellones

el Organizador establecerá un servicio de vigilancia dirigido al cumplimiento de las responsabilidades descritas en

este capítulo.

De acuerdo con lo anterior, IFEMA no se responsabiliza del robo o hurto de los materiales y objetos depositados

en el área ocupada por el Organizador ni en cada stand, ni de los daños que puedan sufrir los objetos, muestras,

efectos personales, materiales de montaje y/o de exposición, antes, durante ni después de la celebración del Acto

o del Certamen, salvo que exista responsabilidad suficientemente probada del personal de IFEMA o que dichos

daños queden incluidos en las coberturas de los Seguros obligatorios, solo para el caso de Exposiciones, de Res-

ponsabilidad Civil y «Multiferia».

La vigilancia y seguridad de las pertenencias particulares del Organizador o de los Expositores de cada stand, en

su caso, es, por tanto, responsabilidad exclusiva de los mismos.

14.- Contratación de seguridad privada para el Acto, zonas específicas o para stands,

en su caso

Existe un servicio de vigilancia privada, facilitado por la empresa de seguridad colaboradora de IFEMA que se in-

dica en la web de IFEMA

www.ifema.es

– Expositores – Servicios a Expositores.

En el caso de que el Organizador o el Expositor desee contratar este servicio con una empresa distinta de la cola-

boradora de IFEMA, deberá enviar con, al menos, 48 horas de antelación, a la Dirección de Seguridad y Autopro-

tección de IFEMA, documento acreditativo de haber dado cumplimiento a las condiciones establecidas para la

contratación de estos servicios requeridas por la legislación vigente.

Deberán, además, enviar debidamente cumplimentado el formulario

«Solicitud de Autorización de Vigilancia

Privada»

que contiene la normativa y condiciones para la prestación de este servicio y que se encuentra disponi-