NORMAS DE PARTICIPACIÓN PARA EXPOSITORES
DE FERIAS DE ORGANIZACIÓN EXTERNA
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La altura máxima permitida de stands y elementos decorativos en Centro de Convenciones Norte será de cuatro
metros (4 m.). Todos los stands y elementos decorativos deberán estar construidos sobre tarima o plataforma y
deberán contar con rampas de acceso para minusválidos.
Todas las empresas están obligadas a realizar un montaje de su stand cumpliendo el apartado DB-SUA del CTE
(Código Técnico de la Edificación) sin tener en consideración los apartados que haga referencia de la necesidad
de la instalación de ascensores.
Todos los elementos tridimensionales ciegos de construcción o decoración del stand (paredes con doble panel
sobre bastidor, torres, pódiums, tarimas, etc.) deberán contar con, al menos, dos orificios enfrentados de un diá-
metro mínimo de 8 mm, a una altura máxima de 0,4 m.
24.4
.-
Normativa para colgar estructuras/ rigging
24.4.1.-
Pabellones
El Organizador o sus expositores podrán colgar elementos de las estructuras de las cubiertas de los pabellones siguiendo
el procedimiento que figura en la
Normativa para colgar estructuras/rigging
, que se encuentra a su disposición en
el
Anexo 7
al contrato suscrito entre las partes, así como, en la página web
www.convencionesycongresos.ifema.es–
organizadores – normas de participación – formularios y cumplimentar el formulario
«Solicitud de Autorización para
colgar estructuras/ rigging»
que se encuentra disponible en la web
www.convencionesycongresos.ifema.es–
organizadores – normas de participación – formularios y remitirlo a
inspeccion.rigging@ifema.es .24.4.2.-
Centro de Convenciones
En el Centro de Convenciones no está permitido colgar ningún tipo de elemento de los expositores.
24.5.-
Seguridad del Stand
Las estructuras del stand, así como cualquiera de los elementos utilizados en su decoración, deberán tener la ri-
gidez y estabilidad necesarias para que no suponga ningún riesgo ni para las personas ni los bienes.
En el apartado de escaleras, barandillas y protección en cambios de nivel se diseñarán según la normativa vigente
y, en concreto de acuerdo con las disposiciones establecidas en el (CTE) Código Técnico de la Edificación y cum-
pliendo los siguientes criterios:
•
Los cambios de nivel a una altura sobre el suelo superior a (50) cincuenta centímetros y los resaltes del pavi-
mento estarán protegidos por un peto o barandilla de noventa y cinco (95) centímetros de altura. Con los
mismos criterios se protegerán los perímetros, huecos y voladizos en segundas plantas accesibles a personas.
•
Los desniveles inferiores o iguales a cincuenta (50) centímetros han de señalizarse mediante diferenciación
táctil y visual. La diferenciación táctil deberá estar a una distancia de 25 cm. del límite de desnivel.
El Expositor es el responsable de la seguridad estructural del stand. IFEMA podrá solicitar al Organizador la docu-
mentación que acredite la misma en caso de que lo considere necesario.
24.6.-
Stands de dos pisos y estructuras sobreelevadas
Todas las empresas que opten por realizar una doble planta o elementos estructurales sobreelevados de 1,20 m
ó más, que vayan a soportar cargas o personas en su espacio, deberán cumplir íntegramente las condiciones
anteriores y, además, deberán presentar al Organizador un certificado o un proyecto con su dirección de obra
correspondiente y firmado por un técnico competente. Esta documentación deberá estar visada por el colegio
correspondiente. En el certificado o proyecto deberán especificarse las dimensiones, la carga de uso y el aforo,
siendo responsabilidad exclusiva del Expositor el cumplimiento de los límites establecidos en el mismo. El Organi-
zador entregará a IFEMA una copia de la citada documentación.
Quedan exceptuados los stands situados en los núcleos de conexión entre pabellones y en los laterales de las
entradas de los pabellones 9, 10, 12 y 14.0, así como entradas y fondo de los pabellones 12 y 14.0, en todas
estas ubicaciones y en el Centro de Convenciones,
no se podrá construir una segunda planta
.