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30 abril 2020

“LA FRANQUICIA ANTE EL COVID-19”

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MANDRI ABOGADOS

El sector de la franquicia no es ajeno a la situación actual originada por el COVID-19. Las restricciones a la actividad impuestas por el Gobierno han propiciado que los franquiciados (principalmente estos) no puedan hacer frente a sus obligaciones contractuales, especialmente las de contenido económico.

A priori y salvo que haya sido pactado entre las partes, una situación de fuerza mayor como la actual no justificaría la resolución del contrato de franquicia ni tampoco el incumplimiento por el franquiciado de obligaciones de carácter económico, tales como el pago de cánones, royalties (salvo que estos se fijen en función de ventas o ingresos del franquiciado), o de producto suministrado al franquiciado y no vendido.

Por el contrario, otras obligaciones como la de apertura al público de los establecimientos o las habituales cláusulas de compras o ventas mínimas por el franquiciado, han de flexibilizarse y atemperarse necesariamente a la situación actual.

El Gobierno no ha regulado una solución al respecto, como sí ha hecho con los alquileres de vivienda y recientemente de locales de negocio. Por tanto, será la voluntad de partes o, en su caso, los Tribunales, los que diriman las controversias entre franquiciadores y franquiciados que ya se vienen suscitando desde la declaración del estado de alarma.

Como ya ocurriera tras la crisis económica de 2008, vuelve a la actualidad la cláusula “rebus sic stantibus” (“estando así las cosas”), en virtud de la cual los franquiciados podrán solicitar la modificación de determinadas obligaciones o incluso la suspensión temporal de los contratos, y serán los Tribunales lo que analicen y resuelvan cada caso concreto.

Resulta previsible el incremento de la litigiosidad judicial por incumplimiento de obligaciones en contratos de larga duración. Tanto, que el Consejo General del Poder Judicial ha propuesto al Gobierno la elaboración de un procedimiento para la tramitación de demandas judiciales que tengan por objeto la modificación de los contratos afectados por las medidas derivadas de la crisis del COVID-19. Tales procedimientos se tramitarían por los cauces del juicio verbal -más ágil que el ordinario- y estarían condicionados a haberse intentado alcanzar previamente una solución extrajudicial o amistosa.

Esto último es muy relevante. Ahora más que nunca es necesaria una comunicación fluida entre franquiciador y franquiciado en búsqueda de soluciones consensuadas que eviten la vía judicial, salvo que ello resulte necesario. Se trata de equilibrar las prestaciones y ajustarlas a la nueva realidad económica, de encontrar un punto de equilibrio.

Puede resultar más práctico y efectivo que franquiciadores y franquiciados alcancen acuerdos transaccionales que se plasmen por escrito, que regulen sus relaciones durante la situación de estado de alarma o posteriormente (suspensión del contrato, aplazamiento del pago de cánones y royalties, etc.) que garanticen la continuidad de la relación contractual, no dañen la imagen de la marca franquiciada y no propicien la pérdida de la inversión efectuada. Ha de imperar la lógica y la buena fe contractual entre las partes, pactándose y cumpliéndose lo pactado.

Cobra ahora especial relevancia la función de los abogados, asesorando jurídicamente a franquiciadores y franquiciados, mediando a fin de alcanzar acuerdos y plasmarlos convenientemente por escrito. Durante veinticinco años de ejercicio profesional, siempre he mantenido que los abogados debemos buscar soluciones y no “enquistar” todavía más los problemas y controversias en que se ven inmersos nuestros clientes.

Por otra parte, creo que el momento actual puede ser idóneo para trabajar en la elaboración de nuevos proyectos de franquicia o para ir adaptando los ya existentes a la nueva realidad que se avecina. Hay segmentos como la elaboración o mejora de dosieres de franquicia, contratos, manuales, actividad en redes sociales, búsqueda de potenciales franquiciados, etc., que se deben ir reactivando y ello permitirá salir al mercado tan pronto cese el actual estado de alarma e ir, por tanto, ganando tiempo.

La situación actual es preocupante pero coyuntural. Se trata de intentar reconvertir el momento actual, con los necesarios ajustes y adaptación que éste requiere, en un momento de oportunidad. No en vano el modelo español de franquicia es una referencia más allá de nuestras fronteras. En España en 2019, los casi 80.000 establecimientos franquiciados abiertos facturaron un importe superior a 26.000 millones de euros.

Habrá sectores que se verán más afectados que otros tras la actual crisis sanitaria. La hostelería y la distribución tendrán un reinicio más duro que otros, y quizá deberán reenfocarse al servicio delivery y take away, o la venta on line, al menos al principio.

Por el contrario, habrá otros sectores que se verán potenciados, como el inmobiliario o los que presten servicios a domicilio a personas y empresas, así como lo que tengan su base operativa a través de medios on line.

Animo a franquiciadores y franquiciados a solucionar sus controversias adaptando sus derechos y obligaciones a la nueva realidad que nos ocupa, y a seguir teniendo un papel protagonista y principal en la franquicia, como fórmula de crecimiento y expansión empresarial. Y una buena oportunidad para ello será la feria de EXPOFRANQUICIA que se celebrará en Madrid el próximo mes de septiembre.

Por último, me gustaría resaltar el apoyo por parte de la AEF (Asociación Española de Franquiciadores) en estos momentos, que entre otras acciones ha puesto a disposición de franquiciadores y franquiciados el asesoramiento de su Comité de Expertos Jurídicos, al que pertenezco, para la resolución de todas aquellas consultas que puedan plantearse como consecuencia de la nueva situación.

Mucho ánimo y suerte a todos. 

Jesús Mandri Zárate.

Socio Director de MANDRI ABOGADOS.

Miembro del Comité de Expertos Jurídicos de la AEF.