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04 marzo 2022

Rectificaciones en la ley de tráfico desde marzo 2022

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Más dureza en algunas actitudes y aumento de sanciones

Con la finalidad de “Avanzar hacia la siniestralidad CERO” (objetivo europeo para 2050), el pasado 2 de Diciembre de 2021 se aprobó una interesante reforma a la Ley de Tráfico, con entrada en vigor a mediados de Marzo 2022.

Esta reforma conlleva importantes modificaciones tanto en la consideración de algunas infracciones (puntos...) con en los valores de las sanciones vinculadas, siendo en resumen las siguientes:

  • Cancelación del aumento de velocidad en 20 km/h sobre la velocidad limitada para adelantamientos en carretera, sea para turismos que para motocicletas, siendo esta una medida bastante polémica que la DGT justifica para reducir velocidades y evitar impactos frontales en estas maniobras.
  • Sanción de 200€ (mantenida) y 6 puntos (antes 3) por circular con el teléfono móvil en la mano. Se pretenden eliminar las distracciones que produce el uso del móvil como protagonista indiscutible de accidentes mortales.
  • Sanción de 200€ (mantenida) y 4 puntos (antes 3) por no usar el cinturón de seguridad, el casco o no utilizar los sistemas de retención infantil, siempre buscando mejorar la seguridad e incrementar el cumplimiento de la normativa.
  • Alcohol “0,0” para la conducción de cualquier tipo de vehículo permitido para los memores de edad. Evidentemente se refiere a ciclomotores, cuadriciclos, permiso AM, motocicletas hasta 125 cc, bicicletas, vehículos de movilidad personal, etc, remarcando aún más, si cabe, la vigente prohibición de venta de alcohol a los menores de 18 años.
  • Cambio de carril por completo (aumentando la distancia) en adelantamientos de ciclomotores y ciclistas, con mayores sanciones por incumplirlo. Se regula así la obligación de cambio de carril en los adelantamiento a ciclistas o ciclomotores en vías de más de un carril por sentido, sancionando con 6 puntos (antes 4) el incumplimiento por puesta en peligro o entorpecimiento a los afectados sin dejar esta separación mínima de 1,5 metros, además de una multa de 200€.

Se regula igualmente la prohibición de parar o estacionar en los carriles bicicleta o en vías específicas para ciclistas.

  • Sanción de 200€ y 6 puntos por arrojar objetos a la vía pública o sus inmediaciones que puedan producir incendios o generar peligro para la seguridad vial.
  • Los puntos del permiso de conducción se recuperarán tras dos años sin infracciones de ningún tipo (hasta los 12 originales), pudiendo añadir 2 puntos (hasta un máximo de 15) tras un curso voluntario de seguridad en la conducción.
  • Obligatoriedad de contar con “alcoholímetro automático” en todos los vehículos de transporte de viajeros por carretera, impidiendo arrancar el vehículo si se detecta un nivel de alcohol mayor que el permitido máximo. Es obligatorio para todos los vehículos que se matriculen a tal efecto a partir del 6 de Julio de 2022.
  • Sanción de 200€, como nueva infracción grave, en el caso de no respetar las restricciones de circulación en zonas de “bajas emisiones”, así como por incumplir los variados protocolos anti-contaminación que pongan en marcha en cada momento por los diversos municipios y ciudades. De esta forma se unifican las sanciones que cada ciudad venía implantando con sus ordenanzas municipales.
  • Se autoriza a los conductores de ciclomotores y motocicletas a utilizar dispositivos inalámbricos certificados y homologados para el casco de protección, a efectos de navegación y comunicación, siempre que los mismos no afecten a la seguridad de la conducción.
  • Sanción explicita de 500€ para aquellos que copien en los exámenes para la obtención de la licencia de conducción, con prohibición expresa de utilización de dispositivos de inter-comunicación, y con prohibición añadida al aspirante para volver a presentarse a las pruebas de acceso durante un mínimo de 6 meses.

Todas estas reformas estarán vigentes a mediados de Marzo 2022 con la publicación en el BOE y aplicación inmediata desde dicho momento.

Fuente: revista Motor Mundial